DONOSO CON CONTRERAS
Rol
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que la cuantía de la materia quedó establecida al momento de darle tramitación a la demanda principal y a la demanda reconvencional, y que por ello la prosecución del juicio a través del procedimiento ordinario de menor cuantía era el adecuado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, y
Fundamentos
considerando además que ninguna de las partes realizó objeción alguna respecto de la tramitación del procedimiento y que por ello, no existe perjuicio alguno ya que pudieron efectuar todas las alegaciones e incluso presentar sus pruebas, resulta que la resolución en alzada acarrea un perjuicio mayor con la anulación de todo lo obrado en estos autos tal como se resolvió por el juez del grado, más si se considera que la causa se encontraba en estado de dictar sentencia. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha tres de abril del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, en sus autos Rol C 786-2017, la que se deja sin efecto, debiendo continuar con la tramitación del juicio en el estado en que se encontraba. Comuníquese. Rol IC 614-2020 Civil.
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C.A. Rancagua. Rancagua, treinta de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que la cuantía de la materia quedó establecida al momento de darle tramitación a la demanda principal y a la demanda reconvencional, y que por ello la prosecución del juicio a través del procedimiento ordinario de menor cuantía era el adecuado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 698 del
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