M.P C/ JUAN FRANCISCO VALLADARES SALGADO
Rol
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que de los propios hechos descritos en la acusación, no queda claramente establecido que el imputado haya ingresado a una dependencia de un lugar habitado, en especial, por cuanto en ella se indica que ingresó y registró una bodega de un restaurant que funciona en el mismo terreno del domicilio de la víctima, constatación que,
Fundamentos
considerando el tiempo que el imputado lleva privado de libertad en esta causa y la eventual recalificación jurídica del delito, permite concluir que la necesidad de cautela se satisface con una medida cautelar menos intensa que la prisión preventiva, todo lo cual justifica revocar la resolución apelada. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución la apelada de veintitrés de julio de dos mil veinte, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en la causa RIT 215-2020, en cuanto mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Francisco Valladares Salgado y, en su lugar
Fallo
se decide, que se sustituye dicha medida por la prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, la de arresto domiciliario total, la que se deberá llevar a efecto en el domicilio registrado por el imputado en la audiencia de 23 de julio en curso. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. de Orúe, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por compartir en lo esencial sus fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al imputado si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. Rol Corte 914-2020.Penal.- Se deja constancia que no suscribe la presente resolución la Ministra Sra. Marcela de Orúe Ríos, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por presentar problemas técnicos a la hora de la firma electrónica.
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, treinta de julio de dos mil veinte. Siendo las 9:40 horas, ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sr. Pedro Caro Romero y Sra. Marcela de Orúe Ríos y el abogado integrante Sr. Alberto Veloso Abril, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha 23 d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica