SIN INFORMACION

VIÑAS BISQUERTT LIMITADA/VIÑA LOS NOGALES S.A.

Rol

Fecha

28 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1°) Que comparecen los abogados Andrés Sepúlveda Díaz y Juan César Kehr Castillo, en representación de Viñas Bisquertt Limitada, en los autos sobre gestión preparatoria de notificación de facturas, Rol C-13208-2019, caratulados “Viña Los Nogales S.A. con Viñas Bisquertt”, llevados ante el 13° Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 13 de diciembre del año 2019 que denegó el recurso de apelación subsidiario presentado por su parte. Explica que con fecha 17 de abril de 2019 la demandante inició una gestión preparatoria de notificación de factura, a la que se proveyó el 5 de noviembre del mismo año, “A lo principal, notifíquese”. Posteriormente, concurrió su parte en calidad de requerida, el día 3 de diciembre de 2019, y repuso, apelando en subsidio en contra de la indicada resolución porque en su concepto el tribunal no debió dar curso a la gestión, al no cumplirse con los requisitos básicos que exige la Ley N°19.983. Por resolución de 13 de diciembre de 2019, se rechazó la reposición y no se dio lugar a la apelación “atendida la naturaleza de la resolución recurrida”, en circunstancias que esta última sería procedente porque se trata de un decreto que altera la regular substanciación del procedimiento. 2°) Que se informó al tenor del recurso por el señor Marcelo Reyes Pozo, en calidad de Juez Tramitador de la causa, manifestando que al ser la resolución apelada un decreto, que únicamente dio curso a la gestión preparatoria de notificación de factura, no se dio curso al recurso de apelación interpuesto. 3°) Que si bien es cierto que la resolución impugnada tiene la naturaleza jurídica de un decreto, en la especie se está dentro de los casos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil que hacen procedente su impugnación por la vía del recurso de apelación, puesto que alteraría la substanciación regular del juicio, conforme a la supuesta falencia observada por el impugnante, por lo que el presente re

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso interpuesto por los abogados señores Andrés Sepúlveda Díaz y Juan César Kehr Castillo, en representación de Viñas Bisquertt Limitada y, en consecuencia, se concede en el sólo efecto devolutivo la apelación deducida en contra de la resolución de fecha 5 de noviembre del año 2019, debiendo elevarse a esta Corte por sistema electrónico los antecedentes necesarios para el conocimiento del respectivo arbitrio, según estatuye el artículo 205 del citado cuerpo legal. Regístrese y comuníquese. N°Civil-16500-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de julio de dos mil veinte. Vistos: 1°) Que comparecen los abogados Andrés Sepúlveda Díaz y Juan César Kehr Castillo, en representación de Viñas Bisquertt Limitada, en los autos sobre gestión preparatoria de notificación de facturas, Rol C-13208-2019, caratulados “Viña Los Nogales S.A. con Viñas Bisquertt”, llevados ante el 13° Juzgado Civil de Santiago, inte

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