SIN INFORMACION

JOFRÉ/UNIVERSIDAD CATOLICA DEL NORTE

Rol

Fecha

27 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

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RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintidós de mayo de dos mil veinte comparece Simón Jofre Spencer, interponiendo recurso de protección en contra de Universidad Católica del Norte, en virtud de los siguientes antecedentes. Expone ser estudiante de Ingeniería Civil Industrial en la Universidad Católica de Norte, sede Coquimbo, encentrándose cursando el último semestre de titulación después de haber aprobado todas las asignaturas académicas regulares de su carrera. Indica que el proceso de titulación se desarrolla mediante la metodología de Capstone Project, que es una opción de grado que permite a los estudiantes de último semestre poner en práctica los conocimientos adquiridos durante el programa y adelantar un trabajo de tipo consultoría para un cliente externo a la Universidad, bajo la dirección académica de un tutor especialista en el tema solicitado. Comenzó el Capstone el 13 de abril del presente año, debiendo asesorar una empresa (debido al COVID-19 por vía remota) y reunirse 1 vez a la semana (por vía remota) con el profesor Guía, de ser necesario. Aduce desconocer cuál sería el arancel de este semestre de titulación debido a encontrarse en una situación especial, ya que al ingresar a la universidad el año 2015, la carrera tenía una duración de 12 semestres, sin embargo, a partir de dicho año la carrera tuvo un cambio de malla curricular, en la que desde el año siguiente duraría 10 semestres. La universidad le dio la posibilidad de cambiarse a la nueva malla por lo que quedaría en una situación especial de 11 semestres. Debido a este cambio de malla curricular no había claridad respecto de que valor tendría el último semestre, lo consultó innumerables veces y en distintas instancias, donde se le indicaba que eso lo estaba viendo finanzas pero que el valor correspondería a un porcentaje del arancel como siempre había sido. Destaca que el 10° semestre de la carrera finalizó el 16 de abril del presente año, debido a que producto del estallido social se postergó el segundo semestre 2019 cursando clases y pruebas online durante enero, retomándose el semestre durante marzo hasta el 16 de abril por lo que hasta no terminar el 10° semestre no había información formal sobre el valor que tendría este último semestre de titulación, para quienes aprobaran todos los ramos. Señala que el día 23 de abril de 2020 se le informa que el valor de este último semestre de titulación es el valor de arancel de carrera íntegro por la suma de $355.600 mensuales. El viernes 15 de mayo, mediante correo electrónico, don Eduardo Jaramillo Calderón, director general estudiantil, les informa que han analizado la solicitud de rebaja de arancel, concluyendo que no corresponde acoger dicha solicitud. Sostiene que la decisión de la Universidad vulnera lo regulado en el artículo 18 del título IV del Reglamento de Matricula aprobado por decreto N° 12/2011 que indica: “El estudiante de Pre-grado que haya aprobado todas sus asignaturas distintas de la asignatura o ac

Fallo

Por estas consideraciones solicita acoger el presente recurso, ordenando a la recurrida a cobrar durante este último semestre de titulación lo señalado en el reglamento, es decir un 15% del arancel de carrera. Todo con expresa condenación en costas. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Certificado de alumno regular de la UCN, carrera de ingeniería civil industrial; 2.- Certificado de notas de la carrera que acredita la aprobación de todas las asignaturas regulares; 3.- Copia Reglamento de Matricula UCN aprobado por decreto N° 12/2011, bajado de su página web; 4.- Captura de pantalla de información publicada en la página web de la Universidad donde expone por vía web el reglamento de matrícula (https://online.ucn.cl/onlineucn/portalEstudiante/reglamento.asp?titulo=titulo2); 5.- Copia de correo electrónico de fecha 27 de abril de 2020 dirigido a las autoridades de la carrera de solicitando se reconsidere el cobro de arancel completo durante el semestre de titulación, que adjunta archivo titulado carta de apelación por situación financiera de generación 2015 en Capstone Project 1S2020; 6.- Copia de correo electrónico de don Eduardo Jaramillo Calderón, informando que rechaza la solicitud de reconsideración; 7.- Captura de pantalla de documento que indica cantidad de cuotas a apagar asociadas a mi periodo 2020; 8.- Captura de pantalla de reunión por video conferencia de fecha 23 de abril de 2020. SEGUNDO: Que, con fecha tres de julio de dos mil veinte evacuó informe Pamela Ve

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Jofré Spencer, Simón Universidad Católica del Norte Recurso de Protección Rol N° 863-2020.- La Serena, veintisiete de julio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veintidós de mayo de dos mil veinte comparece Simón Jofre Spencer, interponiendo recurso de protección en contra de Universidad Católica del Norte, en virtud de los siguientes antecedentes. Expone ser estudia

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