SIN INFORMACION

/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

27 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mismos se encuentran sometidos al imperio del derecho, no siendo esta la vía idónea para proceder a su impugnación; por lo cual, la acción cautelar deducida en favor de VINKO ESTEFANO DÍAZ GUERRA, no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Colina a fin que, con lo expuesto por el recurrente, proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda. Archívese. N°Amparo-1629-2020.- Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la señora Ministra Inelie Durán Madina y a la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Colina a fin que, con lo expuesto por el recurrente, proceda a dictar la resolución que en derecho corresponda. Archívese. N°Amparo-1629-2020.- Pronunciada por la Sala Tramitadora de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero e integrada por la señora Ministra Inelie Durán Madina y a la Abogada Integrante señora Carolina Coppo Diez.

Texto Completo (Preview)

fjr C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mismos se encuentran somet

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