M.P C/ CRISTIAN ANTONIO BEIZA ASTUDILLO,JUAN CARLOS VALDERRAMA POBLETE Y GONZALO ALEJANDRO REYES VIVAR
Rol
Fecha
27 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial la naturaleza del delito de tráfico de drogas, delito de emprendimiento, y el hecho de que la presente causa se inicia por diligencias respecto de una organización o grupo que se dedicaba a la distribución de droga en la comuna de lo Espejo, como se expresa en la formalización, y que el hallazgo posterior de la droga en otra comuna, no altera el principio de ejecución, de conformidad con lo dispuesto, además, en los artículos 157, 159 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda de competencia y se declara que el 10° Juzgado de Garantía de Santiago es el tribunal competente, el que deberá continuar con la tramitación de esta causa. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Colina. Devuélvase vía interconexión. N° 2237-2020-Penal.
Fallo
se declara que el 10° Juzgado de Garantía de Santiago es el tribunal competente, el que deberá continuar con la tramitación de esta causa. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Colina. Devuélvase vía interconexión. N° 2237-2020-Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de julio de dos mil veinte. Tercera Sala Zoom. Rol Corte: 2237-2020- Penal. RUC: 2000322768-6. 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Ministro de fe: Constanza Cociña Cholaky. Ministerio Público: Darío Sanhueza De la Cruz. Caratulado: M.P C/ CRISTIAN ANTONIO BEIZA ASTUDILLO, JUAN CARLOS VALDERRAMA POBLETE Y GONZALO ALEJANDRO REYES VIVAR Tipo de recurso: Contienda de compet
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