LOS PINOS SPA/SOCIEDAD COMERCIAL WARI LIMITADA
Rol
Fecha
29 de julio de 2020
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, modificada por la Ley N° 19.866 de once de abril de 2003, en su nueva redacción señala, en forma imperativa, a través de su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 en relación con el artículo 606, ambos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha dos de julio pasado, en contra de la resolución de uno de julio de dos mil veinte. Devuélvase, vía interconexión N°Civil-8422-2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha dos de julio pasado, en contra de la resolución de uno de julio de dos mil veinte. Devuélvase, vía interconexión N°Civil-8422-2020.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de julio de dos mil veinte. Al folio 3: estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, modificada por la Ley N° 19.866 de once de abril de 2003, en su nueva redacción señala, en forma imperativa, a través de su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera
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