MP C/ DAVID EDUARDO DIAZ CAMPOS
Rol
Fecha
25 de julio de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que del mérito de lo expuesto en la audiencia se colige que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se formalizó investigación, y se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo ya mencionado, en atención a la gravedad del ilícito, bienes jurídicos afectados y la pena asignada al delito. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de veinticuatro de julio del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago y se declara que se impone la medida cautelar de prisión preventiva al imputado David Eduardo Díaz Campos, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase. N° 2363-2020 Penal
Fallo
se declara que se impone la medida cautelar de prisión preventiva al imputado David Eduardo Díaz Campos, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Devuélvase. N° 2363-2020 Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, a veinticinco de julio de dos mil veinte. Sala: Primera Sala Rol: 2363-2020 Penal Ruc: 2000746989-7 RIT: 2364-2020 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Integrantes: Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Luis Sepúlveda Coronado y señora Adriana Sottovía Giménez. Relator: Mauricio Vergara Toro Digitadora: Karolyn Aranda González Defensa Penal Público: Anais Mora M
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