MARIA JOSE AGUILAR HUEICA EN FAVOR DE OMAR MILLALONCO CARRASCO CONTRA CDP DE ANGOL
Rol
Fecha
23 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de cuyo tenor surge que la recurrente interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Angol, el cual corresponde a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte de Apelaciones, este tribunal se declara incompetente para el conocimiento del recurso deducido a favor de don Omar Patricio Millalonco Carrasco. En consecuencia, remítanse estos autos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco para su conocimiento y fallo. Sirva la presente resolución de atento oficio remisor. Rol N° Amparo N° 205-2020.-
Fallo
se declara incompetente para el conocimiento del recurso deducido a favor de don Omar Patricio Millalonco Carrasco. En consecuencia, remítanse estos autos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco para su conocimiento y fallo. Sirva la presente resolución de atento oficio remisor. Rol N° Amparo N° 205-2020.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintitrés de julio de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de cuyo tenor surge que la recurrente interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Angol, el cual corresponde a un territorio jurisdiccional distinto al de competencia de esta Corte de Apelaciones, este tribunal se declara incompetente para el conocimiento del recurso deducido a favor d
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