INSPECCION MUNICIPAL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A
Rol
Fecha
21 de agosto de 2020
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia de fojas 103 y siguientes, notificada al recurrente según se desprende del estampado receptorial de fojas 107, con fecha diecisiete de febrero del presente. 2) Que conforme la regla establecida en el artículo 32 de la Ley 18.927, el recurso de apelación en procedimientos de Juzgado de Policía Local, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada la resolución. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos y lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la ley 18.287, y 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto a fojas 111 contra la sentencia de fojas 103 y siguientes. A fojas 120, estese a lo resuelto. Devuélvase. N° Policia Local-605-2020.
Fallo
se resuelve: VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia de fojas 103 y siguientes, notificada al recurrente según se desprende del estampado receptorial de fojas 107, con fecha diecisiete de febrero del presente. 2) Que conforme la regla establecida en el artículo 32 de la Ley 18.927, el recurso de apelación en procedimientos de Juzgado de Policía Local, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada la resolución. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos y lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la ley 18.287, y 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto a fojas 111 contra la sentencia de fojas 103 y siguientes. A fojas 120, estese a lo resuelto. Devuélvase. N° Policia Local-605-2020.
Texto Completo (Preview)
Foja: 126 fjr C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de agosto de dos mil veinte. Por recibidos los antecedentes de primera instancia. Atendido el mérito de la certificación de fojas 122, téngase por cumplido lo ordenado a fojas 121 y se resuelve: VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia
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