DIEGO ALEJANDRO SALVO CERECEDA/15º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
22 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece don Juan Hernández Faúndez, abogado, quien deduce recurso de amparo en favor de don Diego Alejandro Salvo Cereceda, y en contra del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Expone que el 16 de mayo de 2019 el tribunal recurrido emitió una orden de detención verbal en contra de la persona en cuyo favor se recurre en la causa rit 2805-2019, ruc n° 1801089428-6, la que fue emitida a petición del Ministerio Público por cuanto por averiguaciones realizadas por la Policía de Investigaciones de que tendría participación en el homicidio de Camilo Fuentes Padilla ocurrido en la vía pública, calle Luis Durán con Pasaje Puelche comuna de San Ramón, el 5 de noviembre de 2018, siendo la tesis que su representado junto a su primo iban a bordo de una motocicleta y habían disparado con un arma de fuego a la víctima. Señala que se logró la detención de Pedro Valenzuela Salvo, primo de su representado, respecto del cual se decretó la medida cautelar de internación provisoria, que se mantuvo por 9 meses, entre mayo de 2019 y febrero de 2020, hasta que el imputado fue absuelto de los cargos por el 6° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, en causa Rit 38-2020, por no haberse logrado acreditar su participación penal. Añade que su representado fue declarado rebelde el 30 de julio de 2019, manteniéndose hasta hoy vigente la orden de detención e incorporando su identidad al registro de prófugo, por lo que solicita que se deje sin efecto la orden de detención que le afecta, toda vez que ella fue decretada bajo supuestos fácticos que luego, ponderados por un Tribunal, fueron desechados, esto es que habrían antecedentes de participación del amparado en el delito de homicidio que se investigaba. Refiere que habiendo sido tasada la prueba de cargo por jueces de fondo, resulta del todo patente que los antecedentes entregados por el Ministerio Público para fundar la petición de la orden de detención, mismos que el Juez que despachó la orden consideró como suficiente
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó contra el recurso de amparo la abogado del Ministerio Público doña Fabiola Lizama Díaz, En San Miguel, 22 de julio de 2020 Pedro Aravena B. Relator. San Miguel, veintidós de julio de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que comparece don Juan Hernández Faúndez, abogado, quien deduce recurso de amparo en favor de don Diego Alejandro Salvo Cereceda, y en contra del 15°
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