INSPECCION MUNICIPAL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A
Rol
Fecha
20 de agosto de 2020
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia de fojas 104 y siguientes, notificada al recurrente según se desprende del estampado receptorial de fojas 107, con fecha diecisiete de febrero del presente. 2) Que conforme la regla establecida en el artículo 32 de la Ley 18.927, el recurso de apelación en procedimientos de Juzgado de Policía Local, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada la resolución. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos y lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la ley 18.287, y 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto a fojas 112 contra la sentencia de fojas 104 y siguientes. A fojas 121, estese a lo resuelto. Devuélvase. N° Policia Local-599-2020.
Fallo
se resuelve: VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia de fojas 104 y siguientes, notificada al recurrente según se desprende del estampado receptorial de fojas 107, con fecha diecisiete de febrero del presente. 2) Que conforme la regla establecida en el artículo 32 de la Ley 18.927, el recurso de apelación en procedimientos de Juzgado de Policía Local, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada la resolución. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos y lo dispuesto en los artículos 18 y 32 de la ley 18.287, y 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto a fojas 112 contra la sentencia de fojas 104 y siguientes. A fojas 121, estese a lo resuelto. Devuélvase. N° Policia Local-599-2020.
Texto Completo (Preview)
Foja: 126 fjr C.A. de Santiago Santiago, veinte de agosto de dos mil veinte. Por recibidos los antecedentes de primera instancia. Atendido el mérito de la certificación de fojas 123, se tiene por cumplido lo ordenado a fojas 122 y se resuelve: VISTOS: 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha veinticuatro de febrero último, en contra de la sentencia d
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