SIN INFORMACION

TELEVISION NACIONAL DE CHILE/CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION.-

Rol

Fecha

21 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Y teniendo además presente: Primero: Como primera cuestión cabe recordar que estos antecedentes tuvieron su origen en una denuncia se acusó que en el noticiero “24 Horas Central”, se identificaba erróneamente a su hijo-un menor de edad, junto a sus amigos, como responsables de un delito conocido como “portonazo”, exhibiendo, sus rostros, sus nombres y su trabajo musical en forma equivocada. Dicha denuncia se desestimó, pero atendida la naturaleza del contenido audiovisual fiscalizada, donde se hacía referencia a menores de edad que se encontrarían en una posible situación de infracción de ley, el Consejo Nacional de Televisión, procedió a su revisión de oficio, concluyendo en la sanción que se apela. Segundo: Luego, conforme a los hechos fijados en el

Fundamentos

considerando segundo del

Fallo

fallo en alzada, el deber de cuidado que impone la Ley N° 18.838, sus Normas Generales, la Ley N° 19.733 y los Tratados Internacionales, se ven violentados desde el momento en que en el programa sancionado, se realiza una intromisión ilegítima en la intimidad y vida privada, a lo menos de un menor de edad, mediante la entrega de antecedentes que permiten determinar su identidad. Tercero: En efecto, en el curso del segmento periodístico fiscalizado, la nota se relaciona con la detención de los integrantes de una banda musical, resaltando que en sus videos ostentan alto poder de fuego y que muchos de ellos son menores de edad, que se detuvo a cuatro, que participaban también de una pandilla que asaltaba a conductores de aplicaciones. Se exhibe un video musical de la canción “Me fallaste”, donde los integrantes tienen sus rostros cubiertos con difusor pero se observa su fisonomía y su vestimenta y se lee “Maleantes de Redes”. Luego se emite el nombre artístico de uno, que se dice tiene 15 años, integra una banda, con cuatro integrantes. Los videos musicales corresponden a la canción “Me fallaste” y “Maliantes de redes”. Se entrega el nombre de los dos detenidos mayores de edad y junto a ellos se dice que “cayeron dos adolescentes de 15 y 16 años de edad” y que el grupo se dedica a los asaltos y portonazos. En definitiva, narrativa y audiovisualmente se expone información que permite averiguar la identidad de los adolescentes, conducta que se encuentra prohibida tanto por el art

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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de julio de dos mil veinte. Vistos: Y teniendo además presente: Primero: Como primera cuestión cabe recordar que estos antecedentes tuvieron su origen en una denuncia se acusó que en el noticiero “24 Horas Central”, se identificaba erróneamente a su hijo-un menor de edad, junto a sus amigos, como responsables de un delito conocido como “portonazo”, exhibiendo,

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