SEGUEL/COMPLEJO ASISTENCIAL SOTERO DEL RIO
Rol
Fecha
21 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido que de los hechos expuestos no se desprende la existencia de actos u omisiones que se encuadren en las hipótesis fácticas del artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo deducido por doña Luna Bilartello Seguel. Amparo 343- 2020.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de amparo deducido por doña Luna Bilartello Seguel. Amparo 343- 2020.
Texto Completo (Preview)
CH- Mjc En Santiago, a veintiuno de julio de dos mil veinte. Vistos: Atendido que de los hechos expuestos no se desprende la existencia de actos u omisiones que se encuadren en las hipótesis fácticas del artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo deducido por doña Luna Bilartello Seguel. Amparo 343- 2020.
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