BANCO DE CHILE. / CORTES
Rol
Fecha
20 de julio de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTOS: En cuanto al recurso de casación en la forma: 1°) Consta del mérito del cuaderno de incidente de abandono aperturado en causa ejecutiva rol 104-2006, del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, que Jaime Basualto Heufemann, abogado, en representación del ejecutante, Banco de Chile, dedujo recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de fecha 27 de agosto de 2019, por entender concurrir a su respecto la causal invalidatoria de haberse extendido a aspectos no peticionados por las partes, para que esta Corte conociendo de su arbitrio la invalide y acto continuo dicte la resolución de reemplazo que corresponda de conformidad a lo dispuesto en la ley. Señala que la resolución de 27 de agosto que acogió el abandono del procedimiento y condenó en costas a su parte incurrió en la causal conocida por el latinazgo de la “ultra petita”, prevista en el N°4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. En términos concretos, luego de reproducir el
Fundamentos
considerando cuarto del criticado fallo, el recurrente señala que los argumentos allí expresados por la jueza del juzgado civil para acoger la incidencia del abandono no se condijeron con la argumentación sostenida por la parte ejecutada para conseguirlo. En otras palabras, los fundamentos que sostienen el acogimiento de la petición de abandono procedimental discurren sobre cuestiones que no fueron indicadas por la parte interesada en él, de manera que no habiéndosele reconocido a la sentenciadora de primer grado facultades especiales para valorar aspectos ajenos a la incidencia necesariamente deberá concluirse que esta emitió una decisión fuera del ámbito controvertido. Más adelante señala que el vicio invocado tuvo influencia decisiva en lo decidido, de manera que el perjuicio provocado a su parte con el pronunciamiento recurrido solo resulta reparable con la invalidación del mismo fallo. En definitiva, pide se acoja a tramitación el recurso y se lo conceda para ante el tribunal de alzada, a fin que esta Corte conociendo de él, lo declare admisible, lo acoja e invalide el
Fallo
fallo impugnado dictando la consiguiente sentencia de reemplazo que disponga el rechazo del incidente de abandono del procedimiento, con expresa condena en costas. 2°) En efecto, en los mencionados autos ejecutivos, con fecha 16 de agosto de 2019, la parte ejecutada a través de su apoderado Luís Nehme Boggioni, solicitó el abandono del procedimiento por entender concurrente las exigencias para su acogimiento, el que efectivamente sobrevino por el pronunciamiento de 27 de agosto de 2019, donde la jueza reconoció la paralización injustificada en la tramitación de los señalados autos. En forma específica, el recurrente centra la crítica invalidatoria en el razonamiento contenido en el considerando cuarto del fallo. En él la jueza se encarga de exponer los argumentos fácticos y jurídicos advertidos del mérito de la causa, los cuales han hecho fuerza en su intelecto para aceptar el planteamiento de la parte ejecutada, ordenando en lo resolutivo el abandono. 3°) Ahora bien, para resolver acerca de la procedencia del arbitrio ejercido ante este tribunal colegiado, deberá considerarse la configuración de la causal invocada. La causal que sirve de basamento al vicio denunciado es la prevista en el N°4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, que reconoce la pertinencia del recurso de casación en la forma cuando el cuestionado fallo ha incurrido en: “…ultra petita, esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del
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C.A. de Copiapó Copiapó, veinte de julio de dos mil veinte. VISTOS: En cuanto al recurso de casación en la forma: 1°) Consta del mérito del cuaderno de incidente de abandono aperturado en causa ejecutiva rol 104-2006, del Segundo Juzgado de Letras de Copiapó, que Jaime Basualto Heufemann, abogado, en representación del ejecutante, Banco de Chile, dedujo recurso de casación en la forma en contra de
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