3º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES CON FELIPE EDUARDO CARRASCO CARRASCO

Rol

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente:        Que se encuentra digitalizada una copia legible del título ejecutivo fundante de la acción, circunstancia que permite al tribunal examinarlo a los efectos de proveer la demanda, sin perjuicio de requerir que se acompañe materialmente dicho documento en el plazo que el tribunal determine una vez superada la emergencia sanitaria, bajo apercibimiento de nulidad de todo lo obrado.          Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y Ley 21.226, se revoca la resolución apelada de veinticinco de mayo del presente año, dictada por el Tercer Juzgado Civil de San Miguel, en causa rol 2471-2020 y, en su lugar, se ordena al tribunal de primera instancia proveer como en derecho corresponda la demanda y, en su caso, dar curso progresivo a los autos, bajo la condición precedentemente señalada.     Acordada con el voto en contra de la ministra Mondaca, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada teniendo para ello presente los antecedentes existentes al momento de adoptarse la resolución y fundamentalmente lo dispuesto en el artículo 6° de la ley 20.886. Devuélvase. N° 958-2020 Civil.-

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San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veinte.         Vistos y teniendo únicamente presente:        Que se encuentra digitalizada una copia legible del título ejecutivo fundante de la acción, circunstancia que permite al tribunal examinarlo a los efectos de proveer la demanda, sin perjuicio de requerir que se acompañe materialmente dicho documento en el plazo que el tribunal determine una ve

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