MP. C/ MARIO GUZMÁN GUTIÉRREZ.
Rol
Fecha
17 de julio de 2020
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°: Que en la presente causa se dedujo recurso de nulidad por doña Cler Leiva Defosse, Defensora Penal Privada, en representación del sentenciado Mario Guzmán Gutiérrez en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la que, en lo pertinente, condenó al mismo como autor del delito de tráfico ilícito de drogas a la pena corporal de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo. 2°: Que según consta de los antecedentes el fallo fue dictado y notificado a las partes el 27 de junio de 2020 y el recurso de nulidad fue interpuesto el 8 de julio del año en curso. 3°: Que de conformidad al artículo 372 del Código Procesal Penal el recurso de nulidad se debe interponer por escrito dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la sentencia definitiva ante el tribunal que hubiere conocido del juicio oral. 4°: Que según lo expuesto en los
Fundamentos
motivos precedentes, y no habiéndose interpuesto el medio de impugnación dentro del término legal, éste no puede ser objeto de conocimiento por esta Corte.
Fallo
fallo fue dictado y notificado a las partes el 27 de junio de 2020 y el recurso de nulidad fue interpuesto el 8 de julio del año en curso. 3°: Que de conformidad al artículo 372 del Código Procesal Penal el recurso de nulidad se debe interponer por escrito dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la sentencia definitiva ante el tribunal que hubiere conocido del juicio oral. 4°: Que según lo expuesto en los motivos precedentes, y no habiéndose interpuesto el medio de impugnación dentro del término legal, éste no puede ser objeto de conocimiento por esta Corte. Por estas consideraciones y lo previsto en las disposiciones legales precitadas, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de nulidad deducido. Devuélvase vía interconexión. Penal N° 2142- 2020.
Texto Completo (Preview)
CH (PAB) San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1°: Que en la presente causa se dedujo recurso de nulidad por doña Cler Leiva Defosse, Defensora Penal Privada, en representación del sentenciado Mario Guzmán Gutiérrez en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la que, en lo pertinente, condenó al mismo como
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