1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SANHUEZA/CODELCO CHILE - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

17 de julio de 2020

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

DE FALLO

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Hechos

VISTOS: En este proceso sobre incumplimiento contractual, violación de la buena fe y despido abusivo, caratulado “Sanhueza con Codelco Chile”, ambas partes han recurrido de nulidad en contra la sentencia definitiva de cinco de septiembre de dos mil diecinueve, recaída en la causa RIT O-7189-2018 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad. En lo que interesa para estos fines, la sentencia impugnada acogió la demanda interpuesta por don Roberto Alejandro Sanhueza Rodríguez en contra de su empleador la Corporación Nacional del Cobre -CODELCO CHILE- declarando el Tribunal la existencia de daño moral, por cuanto existió un daño a los intereses extrapatrimoniales del actor, los cuales deben ser reparados, en especial cuando se vulneró la buena fe y se perturbó la expectativa de un trabajo futuro, con remuneración acorde a un proyecto de larga data que se reduce unilateralmente a sólo 7 meses, y que si bien, este daño no es susceptible de apreciación pecuniaria resulta facultativo para el a quo su valorización conforme a las reglas de la sana crítica y

Fundamentos

considerando el sufrimiento y desgaste emocional que le provocó el incumplimiento de la oferta de trabajo de la Séptima Etapa del Proyecto Carén, los antecedentes probatorios resultan suficientes, para acceder a la pretensión del actor por la suma de $10.000.000. más reajustes e intereses corrientes, entre la fecha que la sentencia quede ejecutoriada y el pago. En contra esta sentencia, tanto la demandante como la demandada interpusieron sendos recursos de nulidad. La demandada invocó, en primer lugar, la causal del artículo 478 letra a) del Código del Trabajo, y en subsidio, la referida en el artículo 477 del mismo cuerpo legal, por infracción a la norma contemplada en el artículo 168 del referido Código y, por último, la causal del artículo 478 letra b) del mismo estatuto. La demandante, por su parte, invoca la causal de la letra e) del artículo 478 y, en subsidio, la causal del artículo 478 letra b), ambas del Estatuto Laboral. Declarados admisibles los recursos se procede a su vista, oportunidad en la que alegaron los abogados de ambas partes. Y CONSIDERANDO: I. EN RELACIÓN CON EL RECURSO DE LA DEMANDADA. 1°) Que, la demandada invoca, como primera causal, la del artículo 478 letra a) del Código del Trabajo, esto es, por haber sido dictado el

Fallo

fallo por juez incompetente, legalmente implicado o cuya recusación se encuentre pendiente o haya sido declarada por tribunal competente. 2°) Que, señala el recurrente que el despido abusivo no es un término de contrato de trabajo que haya sido específicamente regulado en el Código del Trabajo, sino que ha sido la doctrina laboral la que lo ha construido, y distingue dos tipos de acciones de despido abusivo, el no regulado y el regulado. Respecto del despido abusivo no regulado expresa que este carece de asidero legal en Chile, pues al no existir normativa en la cual pueda sustentarse, sus defensores sólo se limitan a señalar diversas normas que lo único que hacen es reconocer la dignidad del trabajador, pero ninguna de ellas da cuenta de la posibilidad de interponer una acción de despido abusivo. A diferencia del anterior, dice que, el despido abusivo regulado tiene mayor asidero conceptual y jurídico pues se desprende del tenor literal del artículo 168 inciso 2° del Código del Trabajo y éste se produciría en la medida que un trabajador haya sido desvinculado por la causal N°1; N°5 o N°6 del artículo 160 del citado Código, cuando la causal real hubiere sido otra. Por último, el recurrente manifiesta que los principales exponentes de esta figura dogmática del despido abusivo, ya sea regulada o no, indican que ésta no puede interponerse de manera independiente, sino que, se debe entablar de forma conjunta con una acción de despido injustificado para que un tribunal de just

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Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinte. VISTOS: En este proceso sobre incumplimiento contractual, violación de la buena fe y despido abusivo, caratulado “Sanhueza con Codelco Chile”, ambas partes han recurrido de nulidad en contra la sentencia definitiva de cinco de septiembre de dos mil diecinueve, recaída en la causa RIT O-7189-2018 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciud

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