ÁLVAREZ/ÁLVAREZ
Rol
Fecha
15 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2.- Que, en la especie, no se mencionan los hechos que puedan constituir la vulneración de las garantías señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y que las peticiones que se formulan a esta Corte, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitida a tramitación. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto, sin perjuicio de las demás acciones que fueren procedentes. Archívese. Rol N°Protección-1126-2020.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto, sin perjuicio de las demás acciones que fueren procedentes. Archívese. Rol N°Protección-1126-2020.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, quince de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la R
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