JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

HUGO MARCELO LIZAMA CARRILLO C/ RAUL ANEIVA PEREIRA

Rol

Fecha

15 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes y con relación al cumplimiento del estándar previsto en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, debe indicarse que con los antecedentes hasta ahora reunidos, en esencia, la imputación clara y categórica de la víctima, corroborada por testimonios de oídas por los hallazgos físicos constatados por los médicos que la examinaron, debe concluirse que está justificada la existencia del delito atribuido y concurren presunciones fundadas de participación del imputado como autor del mismo. Si a lo anterior, se une la forma de comisión del ilícito, las amenazas proferidas a la víctima y la vinculación que ésta tiene con el imputado, debe convenirse con el magistrado de la causa que concurren antecedentes calificados que permiten presumir la posibilidad de atentados en contra de la ofendida, lo que determina que la libertad del imputado efectivamente es un peligro para su seguridad. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada con fecha ocho de julio del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado RAUL ANEIVA PEREIRA. Regístrese y comuníquese. Rol 353-2020 (PENAL)

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada con fecha ocho de julio del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado RAUL ANEIVA PEREIRA. Regístrese y comuníquese. Rol 353-2020 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a quince de julio de dos mil veinte, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los Ministros Titulares Oscar Clavería Guzmán, Dinko Franulic Cetinic y Virginia Soublette Miranda, se da inicio a la audiencia del recurso de apelación deducido por el abogado defensor penal público licitado Sergio Balcázar Arias en contra de

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