MP. C/ ALEXANDER ANTOINE VALDÉS CATRICURA.
Rol
Fecha
15 de julio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PUBLICA. ARTS. 313 A Y 313 B
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en éste, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza del ilícito, el bien jurídico protegido y el hecho de encontrarse el imputado con una medida cautelar vigente por delito de la misma especie. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de seis de julio del año en curso, por la señora Juez del Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Alexander Antoine Valdés Catricura. Devuélvase. N° 2180-2020 Penal
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En San Miguel, a quince de julio de dos mil veinte. Sala: Primera Sala Rol: 2180-2020 Penal Ruc: 2000673432-5 RIT: 7643-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora María Teresa Díaz Zamora y señora Adriana Sottovía Giménez y Fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zúñiga. Relator: Karin Bustamante Alvial Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Samuel Malamud
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