2º JUZGADO CIVIL DE TALCAHUANO

PATRICIA DEL ROSARIO GODOY CIFUENTES CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO

Rol

Fecha

15 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, por sentencia definitiva de veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, pronunciada por el Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, en los autos rol n° C-1919-2019, se condenó a la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, a pagar a la demandante Patricia del Rosario Godoy Cifuentes, las sumas de $ 2.000.000 a título de indemnización de perjuicios por daño moral y $ 83.189 a título de indemnización por daño emergente, más reajustes e intereses; sin costas. SEGUNDO: Que en su contra recurrió de apelación la parte demandada, solicitando que se la revoque, rechazándose la demanda, o, en subsidio, se rebaje el monto indemnizatorio a la cantidad que esta Corte estime. TERCERO: Que esta Corte comparte los

Fundamentos

fundamentos contenidos en el

Fallo

fallo en alzada en cuanto a lo siguiente: a) que la demandada tiene el deber de servicio en materia de estado y conservación de las calles y su señalización, conforme se regula en la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y la Ley N° 18.290 de Tránsito; b) que con la declaración de los dos testigos contestes de la actora, se prueba que el 5 de enero de 2019, en calle Colón, Talcahuano, tropezó debido al mal estado de la acera, a causa de un agujero existente allí, cayendo y doblándose el tobillo derecho, diagnosticándosele una fractura en su pie derecho, quedando enyesada por más de dos meses y luego con bota ortopédica; c) que hubo falta de servicio por parte de la demandada Ilustre Municipalidad de Talcahuano, por cuanto el accidente ocurrió en la comuna homónima, en un bien nacional de uso público, a causa de un agujero que había en calle Colón, sin existir señalización que lo advirtiera; y d) que el daño emergente alcanza la suma de $ 83.189 conforme a la documentación allegada y que guarda relación estricta con los gastos derivados del accidente en que incurrió la afectada. CUARTO: Que, asimismo, se comparte que la actora padeció daño moral a causa del infortunio que debe ser indemnizado, pero no en la cuantía del monto indemnizatorio que se fija en la sentencia apelada, por cuanto sobre los factores en que lo basa en su demanda, esto es, contratiempos, angustia y malestar derivados del hecho, la testimonial rendida no se hace cargo de manera completa

Texto Completo (Preview)

Concepción, quince de julio de dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que, por sentencia definitiva de veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, pronunciada por el Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, en los autos rol n° C-1919-2019, se condenó a la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, a pagar a la demandante Patricia del Rosario Godoy Cifuentes, las sumas de $ 2.000.000 a título de indemnización

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