1º JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./SAAVEDRA

Rol

Fecha

15 de julio de 2020

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de autos y advirtiendo que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedentes fundantes a la solicitud de citación a confesar deuda; y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del citado Código; SE REVOCA la resolución dictada con fecha veinticinco de mayo del año en curso, por el Juez del Primer Juzgado de Letras de Copiapó, don Gabriel Aguilera Sazo, debiendo el tribunal a quo dictar la resolución que en derecho corresponda, en relación a la solicitud de folio 1. Regístrese y devuélvase. N°Civil-196-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, quince de julio de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de autos y advirtiendo que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedentes fundantes a la solicitud de citación a confesar deuda; y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del citado Código; SE REVOCA la resolución dictada con fecha veinticinco de mayo del añ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica