ARAYA/POBLETE
Rol
Fecha
14 de julio de 2020
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que la contienda entre las partes se tramita conforme el procedimiento de menor cuantía y que la resolución recurrida no se encuentra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 698 Nº7 del Código de Procedimiento Civil, por lo que el juez a quo debió tener por interpuesto el mencionado recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, motivo por el cual se omitirá pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, por ser inadmisible en esta etapa procesal, sin perjuicio del derecho a reiterarse y concederse en su oportunidad. Devuélvase. Rol N° 363-2020 Civil.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, catorce de julio de dos mil veinte. VISTOS: Teniendo presente que la contienda entre las partes se tramita conforme el procedimiento de menor cuantía y que la resolución recurrida no se encuentra dentro de las excepciones contempladas en el artículo 698 Nº7 del Código de Procedimiento Civil, por lo que el juez a quo debió tener por interpuesto el mencionado recurso para después de la s
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