SIN INFORMACION

/DONOSO

Rol

Fecha

14 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: En estos autos comparece don Pamela Hurtado García, Defensora Penal Público, por el imputado Henry Marcel Cordero Ortiz, imputado en causa RIT 3162-2019, RUC 1910068393-0, del Juzgado de Garantía de Graneros, deduciendo recurso de amparo en favor de su representado y en contra de la resolución de fecha 7 de julio del año 2020, dictada por el Juez Titular, Rubén Hernán Donoso Paredes, quien decretó una orden de detención en contra de su representado. Fundó su presentación en que el Juzgado de Garantía de Graneros, con fecha 28 de mayo del presente año citó a audiencia de procedimiento simplificado (para consulta de admisión de responsabilidad), para el día 1 de julio del presente año a las 09:30 horas, citación que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 393 del Código Procesal penal, debe ser realizada con a lo menos 10 días de anticipación a la celebración de la audiencia. En audiencia del 1 de julio, el tribunal da a conocer que con fecha 27 de junio del presente, el funcionario de Carabineros Gregorio Neihual, certifica haber hablado con un vecino del imputado de nombre Luis Cordero, quien le informa que el imputado hace 2 meses que se habría ido de su domicilio. Ante ello, el Sr. Fiscal, atendido que no fue posible notificar al imputado, solicitó que se hiciera efectivo el apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal, se fije un nuevo día y hora y se notifique al imputado por el estado diario. La defensa se allanó, pues dicha solicitud se ajustaba a derecho, por lo que consecuencialmente, se fijó nueva fecha para el 7 de julio del presente año, y se ordenó la notificación del imputado por el estado diario. Señala que a la audiencia de 7 de julio no compareció el imputado, por lo que el Fiscal pidió se despachara una orden de detención, la defensa consultó al tribunal la fecha en que se había realizado la notificación por estado diario, para saber si transcurrió el plazo de 10 días a que se refiere el artículo 393 del Código Procesal Penal,

Fundamentos

considerando las actuales circunstancias de pandemia que afectan a nuestro país. Luego de citar el

Fallo

fallo rol N° 68.871-2020 de la Excma. Corte Suprema de fecha 12 de junio de 2020, afirma que la resolución recurrida ha sido expedida en forma ilegal, por infringir los artículos 5, 26, 33, 122 y 127 del Código Procesal Penal y el derecho a la libertad personal de su representado, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política del Estado, solicitando en definitiva se deje sin efecto la orden de detención decretada el 7 de julio de 2020, y se adopte además toda otra medida que esta Corte considere necesaria para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado. Con fecha 9 de julio pasado, el juez recurrido del Juzgado de Garantía de Graneros, Rubén Donoso Paredes, evacuó el informe requerido. Al respecto, señaló que con fecha 28 de mayo de 2019, se fijó audiencia de procedimiento simplificado para el día 01 de julio de 2020 a las 09.30 horas y que, con fecha 27 de junio de 2020 se buscó al imputado en el domicilio establecido dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal - en calle Santa Margarita, El Maitén Nº S/N, Graneros – domicilio establecido y señalado por el mismo imputado y donde fue apercibido en los términos del artículo 26 del Código Procesal Penal en audiencia de control de detención de fecha 25 de diciembre de 2019, por lo que apercibido en dicho domicilio y siendo personal de Carabineros quien concurrió a ese lugar, el padre del requerido, don Luis Cordero Marambio salió a la puerta e indicó que se había id

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Rancagua, catorce de julio de dos mil veinte. VISTOS: En estos autos comparece don Pamela Hurtado García, Defensora Penal Público, por el imputado Henry Marcel Cordero Ortiz, imputado en causa RIT 3162-2019, RUC 1910068393-0, del Juzgado de Garantía de Graneros, deduciendo recurso de amparo en favor de su representado y en contra de la resolución de fecha 7 de julio del año 2020, dictada por el J

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