SIN INFORMACION

MALLEA/CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA (LTE)

Rol

Fecha

13 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Recurre Miguel Ángel Caro Vidal, en representación de Aurelio Ramón Mallea Santibáñez, e interpone recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta PD00265 de fecha 2 de abril de 2020, notificada con fecha 17 de abril de 2020, pronunciada por la Contraloría General de la República, en la cual se aplicó una multa de 5 U.T.M. en atención a que habría incurrido en una falta al no haber efectuado la declaración de intereses en el plazo indicado por la Ley 20.880 por cese de funciones al cesar en el cargo de concejal. Señala que efectivamente su representado ejerció el cargo de concejal por la comuna de Melipilla desde el mes de diciembre de 2012 hasta el 5 de diciembre de 2016, habiendo sido reelegido en seis periodos sucesivos en los años 1992, 1996, 2000, 2004, 2008 y 2012. En razón de la naturaleza del cargo de elección popular que durante años desempeñó, éste se encuentra afecto al deber de efectuar la declaración de intereses y patrimonio, conforme al artículo 4 N° 4 de la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, la que fue cumplida oportuna y cabalmente por el recurrente durante todos los periodos que ejerció su cargo. Explica que en el año 2016 no fue electo, lo que derivó en el cese de sus funciones a contar del día 5 de diciembre del año 2016, supuesto de hecho que de conformidad al artículo 5º del cuerpo legal citado precedentemente generaba la obligación de realizar una nueva declaración con la respectiva actualización de datos, dentro del plazo de treinta días hábiles contados desde el momento de concluir las funciones, lo cual desconocía completamente. La Contraloría General de la República ante la omisión, emitió resolución para que dentro de diez días hábiles su parte presentara la declaración de intereses y patrimonio, sin embargo, señala que por circunstancias que ignora, el contenido nunca le llegó sino avanzado el mes de mayo de 2017. Finalmente, con fecha 2 de enero d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 20.880, se rechaza la reclamación deducida por Aurelio Ramón Mallea Santibañez contra la Resolución Exenta PD00265 de 2 de abril de 2020, de la Contraloría General de la República que le impuso una multa de 5 U.T.M., sin costas. Regístrese y devuélvase. Redacción de la Abogado Integrante Carolina Coppo Diez. N°Contencioso Administrativo-221-2020. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por el Ministro (S) señor Juan Carlos Silva Opazo y por la Abogado Integrante señora Carolina Coppo Diez.

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de julio de dos mil veinte. Vistos: Primero: Recurre Miguel Ángel Caro Vidal, en representación de Aurelio Ramón Mallea Santibáñez, e interpone recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta PD00265 de fecha 2 de abril de 2020, notificada con fecha 17 de abril de 2020, pronunciada por la Contraloría General de la República, en la cual se aplicó una multa de 5 U.T.M. en a

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