NICOLAIDES S.A/SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN ÁREA METROPOLITANA
Rol
Fecha
10 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen los señores Héctor Enrique Herrera Valenzuela y Juan Pablo Herrera Valenzuela en representación de la sociedad anónima cerrada que gira bajo la razón social Nicolaides S.A., dedicada a la ejecución y mantención de proyectos industriales, representaciones, importaciones y comercializaciones, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, representado por el Secretario Ministerial Boris Golppi Rojas, ya que estiman que ha realizado actuaciones ilegales y arbitrarias que vulneran sus garantías constitucionales contenidas en los numerales 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explican que la sociedad es dueña desde el año 1991, de un inmueble ubicado en Avenida El Cortijo N° 2410, de la comuna de Conchalí, el que se encuentra en terreno expresamente autorizado para instalar industrias o plantas industriales de todo tipo, depositándose en sus bodegas materiales de diverso tipo que utilizan en proyectos de ingeniería para sus clientes. Destaca que la municipalidad le entregó el número señalado, donde está el único acceso peatonal y vehicular a la propiedad, en el que circulan camiones de hasta 12 toneladas y 9 metros de longitud. Refiere que dentro de las obras que ha desarrollado en la propiedad, todas con la debida autorización, se encuentran los estacionamientos realizados en los años 1991 y 2006, transitando normalmente hasta la fecha de los hechos. En esas circunstancias, alude que el 11 de diciembre de 2019, apareció un letrero donde se da cuenta de un plan de mejoramiento del Parque Arboleda El Cortijo, con fecha de inicio el 9 de diciembre de 2019, por 252 días de construcción. Expresa que tomaron conocimiento de este plan, el que implica reducir y en algunos casos eliminar los diversos accesos peatonales y vehiculares de los inmuebles localizados alrededor de la obra, quedando incluso algunos ciegos. Indica que en el caso de su empresa, el proyecto implica la destrucción de toda la franja de acceso vehicular desde la calzada de la Avenida El Cortijo hasta el acceso a su inmueble, los estacionamientos que allí se emplazan y los bancos de concreto instalados a su costo y se contempla la creación de accesos que lo harán poco fluido, por cuanto no soportará en dimensiones o peso a los vehículos que suelen circular por la vía, lo que generará, en los hechos, que se queden sin salida, afectando directamente su derecho de propiedad y a realizar una actividad económica lícita. SEGUNDO: Que se evacuó informe por el señor Danilo Andrés Rojas Sepúlveda, en representación del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, solicitando el completo rechazo de la acción deducida. Explica que buscando aumentar los niveles de equidad urbana, se ha desarrollado el proyecto de Mejoramiento del Parque Arboleda El Cortijo, para los efectos de generar espacios públicos de calidad, en este caso, de áreas verdes. Re
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la acción constitucional interpuesta por don Héctor Enrique Herrera Valenzuela y don Juan Pablo Herrera Valenzuela, en representación de “Nicolaides S.A.” en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, representado por don Boris Golppi Rojas. Redacción efectuada por la Ministro señora Verónica Sabaj Escudero. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección - 188.835-2019. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por la Ministro señora Adelita Ravanales Arriagada, la Ministra doña Jenny Book Reyes y la Ministra doña Verónica Sabaj Escudero. 8
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de julio de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen los señores Héctor Enrique Herrera Valenzuela y Juan Pablo Herrera Valenzuela en representación de la sociedad anónima cerrada que gira bajo la razón social Nicolaides S.A., dedicada a la ejecución y mantención de proyectos industriales, representaciones, importaciones y comercializaciones,
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