M.P C/ MATIAS ALEXANDER CARO ALVAREZ
Rol
Fecha
10 de julio de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en éste, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza del ilícito materia de la formalización y a las circunstancias de su comisión, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de dos de julio del año en curso, por el señor Juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Matías Alexander Caro Alvarez. Devuélvase. N° 2089-2020 Penal.
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San Miguel, diez de julio de dos mil veinte. Sala: Primera Sala. Rol: 2089-2020- Penal RUC: 2000662450-3 RIT: 3863-2020 Tribunal: 11°Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros Sra. Maria Teresa Díaz Zamora, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Sra. Adriana Sottovia Giménez. Relatora: Maria Isabel Saavedra Reyes. Ministerio Público: Marcos Pastén Campos Defensor Penal Privada: Pamela Vergara
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