SIN INFORMACION

PINO MERINO VLADIMIR ALEJANDRO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

9 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:, PRIMERO: Que, con fecha 7 de junio del año en curso, comparece Cesar Pizarro Pizarro, quien interpone recurso de amparo a favor de Vladimir Alejandro Pino Merino, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, Modulo 26 y en contra de Gendarmería de Chile. Expone que con fecha 25 de mayo de 2020, presentó ante el 9º Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 1117-2020, un escrito de cautela de garantías a favor del amparado, solicitando la posibilidad de que el interno en caso de ser condenado por el delito que se le imputaba, esto es, robo por sorpresa, no fuera derivado al penal de Santiago Sur Ex Penitenciaria, ya que en dicho establecimiento penitenciario había sido apuñalado gravemente el 02 de septiembre de 2018 y hoy se encuentra bajo amenazas de muerte por las mismas personas que intentaron asesinarlo en aquella oportunidad. Relata que en la audiencia de 28 de mayo 2020, el interno fue condenado a la pena de 541 días por el delito de robo por sorpresa, y la juez dirigió oficio al Jefe de Control Penitenciario de Gendarmería, solicitando informe de factibilidad de cumplimiento de la condena impuesta en el CCP Colina I o algún otro de la Región Metropolitana, atendido que el sentenciado señala que se encuentra amenazado en el CDP Santiago Sur. Menciona que con fecha 01 de junio 2020, Gendarmería respondió que no era posible acceder a la petición de traslado al CCP Colina I, dado que el interno no cuenta con los requisitos de ingreso establecidos en la Circular Nº 199 de esa Dirección Regional, en lo que respecta al saldo de pena de 541 días, atendido que se establece en dicha Circular como requisito un saldo mínimo de dos años de pena y por otra parte, ante la emergencia sanitaria por el brote de Covid-19, la superioridad institucional ha determinado no efectuar traslados entre unidades penales, hasta nuevo aviso, para evitar la propagación del virus. Agrega que en los casos de los internos condenados

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y siguientes de la Constitución Política de la República; Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo y demás normas pertinentes, SE RECHAZA la presente acción, deducida por César Pizarro Pizarro, en favor de Vladimir Alejandro Pino Merino en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile deberá tomar los resguardos pertinentes, a fin de salvaguardar las garantías fundamentales del amparado, en lo que dice relación con su derecho a la vida e integridad física y otros derechos que pudieran verse amenazados. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1391-2020. En Santiago, a nueve de julio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:, PRIMERO: Que, con fecha 7 de junio del año en curso, comparece Cesar Pizarro Pizarro, quien interpone recurso de amparo a favor de Vladimir Alejandro Pino Merino, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, Modulo 26 y en contra de Gendarmería de Chile. Expone que con fecha 25 de

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