JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MINISTERIO PUBLICO C/ JAVIER ABDUL FIGUEROA FIGUEROA Y OTROS

Rol

Fecha

9 de julio de 2020

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, de los que se desprende que si bien se configuran los presupuestos de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, la cantidad de droga encontrada es menor y aquello hace disminuir la necesidad de cautela, por lo que se revoca la resolución apelada de dos de julio pasado, que impuso la medida de prisión preventiva en contra de los tres imputados, y en su lugar se decide que se decreta a su respecto la medida de arresto domiciliario total, debiendo indicarse el domicilio respectivo ante el juez a-quo. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr Arias, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada en atención a los

Fundamentos

fundamentos expresados por la magistrada a-quo. Ténganse por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente N°Penal-291-2020.

Fallo

se decide que se decreta a su respecto la medida de arresto domiciliario total, debiendo indicarse el domicilio respectivo ante el juez a-quo. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr Arias, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada en atención a los fundamentos expresados por la magistrada a-quo. Ténganse por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente N°Penal-291-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, nueve de julio de dos mil veinte. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, de los que se desprende que si bien se configuran los presupuestos de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, la cantidad de droga encontrada es menor y aquello hace disminuir la necesidad de cautela, por lo que se revoca la resolución apel

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