1º JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./LÓPEZ

Rol

Fecha

9 de julio de 2020

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de autos y advirtiendo que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedentes fundantes a la solicitud de citación a confesar deuda; y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del citado Código; SE REVOCA la resolución dictada con fecha veintidós de mayo del año en curso, por el Juez del Primer Juzgado de Letras de Copiapó, don Gabriel Aguilera Sazo, debiendo el tribunal a quo dictar la resolución que en derecho corresponda al dar curso a la solicitud de folio 1. Regístrese y devuélvase. N° Civil-195-2020. En Copiapó, a nueve de julio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó. Copiapó, nueve de julio de dos mil veinte. VISTOS: Atendido el mérito de autos y advirtiendo que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedentes fundantes a la solicitud de citación a confesar deuda; y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del citado Código; SE REVOCA la resolución dictada con fecha veintidós de mayo del año

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