/PRIMERA SALA ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE TALCA
Rol
Fecha
8 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que conforme al artículo 63 N° 2 letras b) del Código Orgánico de Tribunales, de los recursos de amparos conoce la Corte de Apelaciones en primera instancia, de modo que no puede esta Corte revisar lo decidido por ella misma en ejercicio de sus facultades conservadoras. 3°. Que corrobora lo anterior la norma prevista en el inciso segundo del artículo 66 del cuerpo normativo ya citado, en orden a que cada Sala representa a la Corte respectiva en los asuntos de que conoce. Por lo antes expuesto
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por don Félix Arto Castillo en favor de Gustavo Francisco Iturriaga Fuentes, en contra de lo resuelto el 3 de julio de 2020 por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por su Presidente doña Olga Morales Medina, ministro doña Jeannette Valdés Suazo y abogado integrante don Abel Bravo Bravo. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 134-2020/ Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, ocho de julio de dos mil veinte. Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que conforme al artículo 63 N° 2 letras b) del Código Orgánico de Tribunales, de los recursos de amparos conoce la Corte de Apelaciones en primera instancia, de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica