1º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

RIVERA/CUTURRUFO

Rol

Fecha

7 de julio de 2020

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, el abogado Jorge Fonseca Dittus, en representación de la demandada Sociedad Agroindustrial y Frigorífico Sotaquí S.A., interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve, pronunciada en procedimiento de aplicación general sobre indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, Rit O-65-2018 del Primer Juzgado de Letras de Ovalle, que acogió parcialmente la demanda interpuesta por Luis Ernesto Rivera Casanga en contra de su representada. Esgrime, como causal principal de nulidad, la prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 Nº 4 del mismo Código. Subsidiariamente, la causal del articulo 478 letra b) del citado cuerpo legal. Solicita se anule la sentencia definitiva, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo con arreglo a la ley, que rechace la demanda interpuesta íntegramente y con costas.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en relación a la causal principal, sostiene que en el caso de marras, de la sola lectura de la sentencia aparece de manifiesto que no contiene un análisis de toda la prueba rendida, siendo esa labor más aparente que real; lo hace de forma parcial e insuficiente, ya que se prescinde del análisis de pasajes importantes de lo declarado por los testigos que depusieron por su parte, denotando una actividad discrecional que no está́ permitida. Indica que el tribunal en su labor de analizar la prueba y a la luz de la materia debatida y las posturas de las partes, debe explicitar porqué parte de lo declarado por los testigos no aportan o no son relevantes para la teoría del caso que se construye. En efecto, refiere que el actor afirmó como fundamento de su demanda que su jefe le instruyó expresamente escalar los bins para sujetar una amarra que se había soltado, que le habría ordenado que se subiera “así́ nomás”, es decir, que escalara hasta la parte superior de la pila de bins por sus propios medios, con la finalidad de cubrir o tapar el bins descubierto. El propio actor recalca en su demanda que el accidente laboral era perfectamente previsible y evitable si el empleador no hubiese dado una instrucción u orden al personal que no está́ capacitado para una labor de esa naturaleza. Este antecedente que constituye una confesión del actor no es analizada y menos cotejada con las demás pruebas, no siendo menor tener en vista el grado de previsibilidad que para el propio trabajador tiene una determinada acción, en momentos previos a ejecutarla, máxime si ello es reforzado por un compañero de labores que se lo advierte de manera categórica, pero no obstante ello porfiadamente igual lo hace. Su parte a fin de enervar la acción interpuesta, señaló́ en forma categórica que no se le dio la instrucción de escalar los bins. En la especie si bien se transcribe resumidamente la declaración del testigo Sr. Lanas, al momento de arribar a las conclusiones se prescinde de la parte más relevante de su testimonio, aquella en que confirma la versión del recurrente y contradice lo expuesto por el demandante; al actor no se le dio jamás la instrucción de escalar los bines por sí mismo, ya que, para la colocación de la cubierta de nylon, se dispuso de una grúa horquilla con un canastillo de seguridad. La sentenciadora no hace análisis alguno del hecho dado por cierto de que al actor otro trabajador le dijo que no escalara y que debía esperar la grúa. Agrega que la sentenciadora tampoco considera en sus conclusiones lo expuesto por el testigo señor Gómez, que en varias oportunidades en su declaración expresamente señala que no se le dio instrucción al actor de escalar los bins y es más, categóricamente manifiesta haberle dicho que debía esperar la grúa horquilla con el canastillo de seguridad. La sentenciadora no tomó en cuenta en el examen de la prueba rendida lo coincidente del testimonio del testigo presencial señor Lanas con el testim

Fallo

fallo contiene, debía conducir necesaria y lógicamente a concluir que el obrar imprudente del actor es de su exclusiva responsabilidad. Pero además, prosigue, se han infringido las máximas de la experiencia; en la especie, a diferencia de lo razonado por la sentenciadora, las máximas de la experiencia indican que si para una determinada labor se dispone de una herramienta, instrumento, máquina o artilugio especial, en este caso de una grúa horquilla con canastillo de seguridad, para elevar de manera segura a dos operarios para que coloquen un nylon a determinada altura, y en esa labor participa u observa un trabajador (el actor), y luego, de ejecutada la tarea, se suelta una amarra, es lógico proceder de la misma manera, o sea, con la grúa horquilla. Si más encima un trabajador advierte y representa a otro operario (el actor) que no debe ejecutar una acción de escalamiento por ser evidentemente peligroso, y le recuerda que para ello debe esperar la grúa horquilla, la experiencia indica que debe abstenerse de escalar, por ser el riesgo evidente y contrario a lo que se venía haciendo sin que nada justifique exponerse, de modo que el accidente sufrido es de su exclusiva responsabilidad. Todo lo anterior, lleva al recurrente a concluir que se han infringido en la especie las reglas de la sana critica de manera manifiesta, con influencia directa y sustancial en lo resuelto, ya que de haber cumplido correctamente con el mandato contenido en el artículo 456 del Código del Trabaj

Texto Completo (Preview)

Rivera Casanga, Luis Ernesto Sociedad Agroindustrial y Frigorífico Sotaquí S.A. Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Rol N° 29-2020.- (O-65-2018 del Primer Juzgado de Letras de Ovalle) La Serena, siete de julio de dos mil veinte. VISTOS: Que, el abogado Jorge Fonseca Dittus, en representación de la demandada Sociedad Agroindustrial y Frigorífico Sotaquí S.A., interpone recurso de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica