NAVARRETE VEGA PILAR / COLEGIO DE PSICOLOGOS DE CHILE A.G.- ASOCIACION CHILENA DE PSICOLOGIA JURIDICA Y FORENSE
Rol
Fecha
7 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que comparece la señora Pilar Navarrete Vega, de profesión psicóloga, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Colegio de Psicólogos de Chile A.G., representado por su presidente, señor Pedro Acuña Mercier, y de la Asociación Chilena de Psicología Jurídica y Forense, representada igualmente por su presidente, señor Carlos Madariaga Dalléz, por estimar que han vulnerado sus garantías constitucionales contenidas en los numerales 1, 3 inciso quinto y 4, del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Explica que se desempeña profesionalmente como psicóloga desde hace 15 años, contando con especializaciones que le han permitido abordar temáticas del ámbito judicial, sirviendo de apoyo en distintos tribunales ordinarios del país, formando actualmente parte del listado de peritos de la Corte de Apelaciones y del Ministerio Público. En esas circunstancias, el día 2 de febrero del año 2020, es avisada por un colega que recibió un correo masivo desde el Colegio de Psicólogos conteniendo una declaración pública en su contra, manifestándose sobre algunos comentarios emitidos por ella en la red social “Twitter”, acusándola de lenguaje inapropiado, violencia injustificada, grave falta ética y deontológica, conocimiento de la debilidad de otro para hacer uso de ello, rechazando sus dichos dentro del contexto social por el que el país atravesaba. Esta declaración, alega, fue incluida en otras plataformas de redes sociales, como “Facebook” y “Youtube”. A raíz de estos mensajes, expresa, comenzó a recibir cientos de insultos y amenazas, afectando su vida personal y profesional. Por su parte, añade, la Asociación Chilena de Psicología Jurídica y Forense publicó una declaración pública en sus redes sociales de Twitter y Facebook, sin siquiera preguntarle previamente las circunstancias de lo ocurrido. Relata que todo indica que lo que motivó las declaraciones de las recurridas tendría relación con un supuesto maltrato que habría hec
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Pilar Navarrete Vega, en contra del Colegio de Psicólogos de Chile A.G., y de la Asociación Chilena de Psicología Jurídica y Forense, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-20887-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veinte. VISTO: PRIMERO: Que comparece la señora Pilar Navarrete Vega, de profesión psicóloga, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Colegio de Psicólogos de Chile A.G., representado por su presidente, señor Pedro Acuña Mercier, y de la Asociación Chilena de Psicología Jurídica y Forense, representada igualmente por su
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