IDA GUILLERMINA FUENTES VALENZUELA C/ RICARDO ANTONIO FLORES MONTOYA
Rol
Fecha
6 de julio de 2020
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PUBLICOS.ART.193 194 Y 196.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, lo previsto en los artículo 237 y 239 del Código Procesal Penal, de los cuales se desprende que la asistencia del imputado no resulta ser un requisito esencial para la validez de la audiencia de revocación de la suspensión condicional del procedimiento y estimando esta Corte que el incumplimiento por parte del imputado resulta ser grave y reiterado, SE CONFIRMA la resolución de fecha dieciocho de junio de dos mil veinte, que dispuso la revocación de la salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento respecto del imputado RICARDO ANTONIO FLORES MONTOYA, cuyo texto íntegro consta en la carpeta digital. Regístrese y devuélvase por interconexión. N°Penal-519-2020. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de julio de dos mil veinte. A la presentación de la Defensora Penal Pública, Lucy Catalán Mardones, folio 5: A lo principal y otrosí: Téngase presente. A la presentación de la Abogada del Ministerio Público, Rocío Vásquez Fierro, folio 6: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, lo previsto en l
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