ÁLVAREZ CON HERRERA
Rol
Fecha
7 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Primero: Que con fecha 11 de junio del año 2020, don Héctor Álvarez Piña, abogado, y en relación con la causa sobre cobranza laboral, RIT C-19-2018, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, concurre ante esta Corte deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada en dichos autos con fecha 08 de junio de 2020, la que no dio lugar a la apelación subsidiaria deducida por el abogado Héctor Álvarez Piña con fecha 06 de junio, recurso que a su vez se interpuso en contra de la resolución de fecha 05 del mismo mes y año, la que dispuso que previo a resolver su presentación sobre patrocinio y poder, venga en forma el patrocinio y poder conferido. Solicita el recurrente que se declare que procede la apelación ya que dicha resolución recayó en una que exigía la constitución del patrocinio y poder conforme a normas modificadas sobre la comparecencia en juicio, ya que el escrito de patrocinio y poder fue firmado por la mandante mediante firma electrónica avanzada, agregando que dicha resolución se dictó en un procedimiento incidental, que no tiene regulación expresa en el Código del Trabajo sobre tramitación de los juicios de cobranza, por lo que corresponde aplicar lo dispuesto en la normativa supletoria del Código de Procedimiento Civil y Ley 20.886 y su respectivo auto acordado, por lo que actuó con mandato judicial otorgado con firma electrónica avanzada, lo que conforme a la ley se considerará poder suficiente sin que se requiera su comparecencia personal para autorizar su representación judicial. Segundo: Que con fecha 22 de junio pasado, el Primer Juzgado de Letras de Rengo evacúa el informe, señalando con fecha 04 de junio de 2020, la parte ejecutada ingresó a la causa escrito de “patrocinio y poder”, mediante el cual doña Claudia Bobadilla Proharam, confiere patrocinio y poder al abogado Héctor Álvarez Piña, indicando que éste último registra firma electrónica simple en la Oficina Judicial Virtual, decretando el Tribunal con fecha 05 de
Fallo
se resuelve: Que se rechaza el recurso de hecho deducido el 11 de junio del año 2020 por don Héctor Álvarez Piña, en representación de doña Claudia Bobadilla Proharam, parte ejecutada en causa sobre cobranza laboral, RIT C-19-2018, caratulada “Vásquez Pérez Cornelio Eduardo con Bobadilla Proharam Claudia Andrea”, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo. Regístrese, comuníquese al tribunal a quo y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 240-2020 Laboral - Cobranza.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, siete de julio del año dos mil veinte. VISTOS: Primero: Que con fecha 11 de junio del año 2020, don Héctor Álvarez Piña, abogado, y en relación con la causa sobre cobranza laboral, RIT C-19-2018, seguida ante el Primer Juzgado de Letras de Rengo, concurre ante esta Corte deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada en dichos autos con fecha 08 de junio
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