2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

PAUL MONTORO COLLANTES (MAXI ANTONIO SALAZAR GONZALEZ) CON SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

6 de julio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Que comparece el abogado don Maxi Antonio Salazar González por el demandado, don Paul Monto Collante, en exhorto dispuesto en cumplimiento incidental de la sentencia pronunciada en juicio sumario sobre terminación de arrendamiento, caratulado: “Servipark SpA./Montoro” – RIT E-12.703-2019 del Segundo Juzgado Civil de San Bernardo, quien recurre de hecho contra la resolución dictada el 29 de mayo del año en curso, que denegó la concesión de su apelación interpuesta subsidiariamente de aquélla de 25 de dicho mes y año, que rechazó la nulidad planteada respecto de la solicitud de fuerza pública para su lanzamiento efectuada por la demandante el domingo 14, inhábil para la presentación de escritos y a la que accedió el tribunal el día 27 del mismo mes y año; pese también a la suspensión de plazos otorgados para la realización de diligencias que importan afectación de derechos al tenor de lo dispuesto en el artículo 3 de La Ley 21.226, sobre todo, porque el domicilio objeto del trámite se encuentra en Puente Alto, comuna sujeta cuarentena. El recurrente aduce la admisibilidad del recurso atendida la naturaleza jurídica de interlocutoria de aquélla que apela, por lo que solicita en definitiva que, acogiéndose el recurso de hecho, se disponga la admisibilidad de su apelación. 2º) Que informa el Tribunal recurrido y refiere la substanciación del exhorto en que incide el presente recurso. Al respecto, funda la denegación y estima que sólo ha podido obrar como mero ejecutor del exhorto dispuesto por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago para el lanzamiento ordenado contra la demandada respecto al inmueble conformado por 12 calzos de estacionamientos del Mall Plaza Sur de San Bernardo; en especial, teniendo en cuenta que lo pretendido por la incidentista consiste en dejar sin efecto la fuerza pública autorizada por el exhortante. Finalmente, hace presente que al tenor de lo dispuesto en el artículo 8 N°9 de la Ley 18.101 se denegó conceder la

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 158, 181, 187, 188, 189, 196, 201, 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado don Maxi Antonio Salazar González por el demandado, don Paul Monto Collante, contra la resolución dictada el 29 de mayo del año en curso en exhorto dispuesto en cumplimiento incidental de la sentencia pronunciada en juicio sumario sobre terminación de arrendamiento, caratulado: “Servipark SpA./Montoro” – RIT E-12.703-2019 del Segundo Juzgado Civil de San Bernardo. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Nº906-2020 Hecho-Civil.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1º) Que comparece el abogado don Maxi Antonio Salazar González por el demandado, don Paul Monto Collante, en exhorto dispuesto en cumplimiento incidental de la sentencia pronunciada en juicio sumario sobre terminación de arrendamiento, caratulado: “Servipark SpA./Montoro” – RIT E-12.703-2019 del Segundo Juzgado Civil de San

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