PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./RIVERO
Rol
Fecha
3 de julio de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que en la especie no se cumple, razón por la cual, el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el treinta de abril pasado, contra la resolución dictada el veinticuatro de abril del año en curso y que fuera concedido el veintidós de mayo último. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-6675-2020.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, el treinta de abril pasado, contra la resolución dictada el veinticuatro de abril del año en curso y que fuera concedido el veintidós de mayo último. Devuélvase vía interconexión. N°Civil-6675-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, tres de julio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, natur
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