LEVIO RONDA BASTIAN LORENZO/2° TRIBUNAL DE JUICIO ORAL DE SANTIAGO.
Rol
Fecha
1 de julio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Sin perjuicio de lo anterior, remítase la presentación al Ministro Visitador del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago para los fines pertinentes. Archívese. N°Amparo-1510-2020. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza y conformada por las Ministras señora Elsa Barrientos Guerrero y señora Inelie Durán Madina
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso deducido. Sin perjuicio de lo anterior, remítase la presentación al Ministro Visitador del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago para los fines pertinentes. Archívese. N°Amparo-1510-2020. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Miguel Vázquez Plaza y conformada por las Ministras señora Elsa Barrientos Guerrero y señora Inelie Durán Madina
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veinte. (dia) Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, por lo cual la acción de amparo intentada no puede ser acogida a tramitación. Por estas con
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