28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INVERSIONES E INMOBILIARIA IVL LTDA/CESCE CHILE ASEGURADORA S.A.

Rol

Fecha

24 de junio de 2020

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: 1°) Que la legitimación activa, constituye un presupuesto procesal que debe existir al momento de ejercer la acción, pues esta última solo puede impetrarla quien es titular del derecho subjetivo que se reclama. 2°) Que existe consenso que a través del presente juicio se pretende el pago de una indemnización estipulada en un contrato de seguro cuyo beneficiario es un tercero ajeno al juicio, por lo que la demandante aun teniendo la calidad de “asegurado” en dicho contrato, carece de legitimación activa pues no era titular del derecho subjetivo constituido por la indemnización que se persigue a la fecha en que se trabó la litis. 3°) Que la escritura de cesión de derechos que el beneficiario Banco Scotiabank Chile hizo en favor del demandante recién el 6 de marzo de 2018, esto es, después de notificada la demanda constituye un reconocimiento tácito de la falta de legitimación de la actora. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil se confirma la sentencia apelada de cuatro de enero de dos mil diecinueve dictada en los autos C-15.866-2017 del 28° Juzgado Civil de Santiago. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora López, quien fue de opinión de revocar la sentencia apelada y declarar que la demandante tiene legitimación activa para demandar y, conforme a ello, emitir pronunciamiento sobre el asunto de fondo, conforme a los siguientes argumentos: 1.- Que la demandante Inversiones e Inmobiliaria IVL Limitada es parte en el contrato de seguro cuyo cumplimiento se persigue en estos autos, al revestir la calidad de “asegurado” esto es, a quien afecta el riesgo que se transfiere al asegurador según lo dispone el artículo 513 del Código de Comercio. Dentro de esta perspectiva, la actora no solo tiene legitimación sino también interés que el contrato se ejecute de la forma en que todas las partes lo previeron, es decir, que verificado el siniestro, la indemnización pactada repa

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil se confirma la sentencia apelada de cuatro de enero de dos mil diecinueve dictada en los autos C-15.866-2017 del 28° Juzgado Civil de Santiago. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora López, quien fue de opinión de revocar la sentencia apelada y declarar que la demandante tiene legitimación activa para demandar y, conforme a ello, emitir pronunciamiento sobre el asunto de fondo, conforme a los siguientes argumentos: 1.- Que la demandante Inversiones e Inmobiliaria IVL Limitada es parte en el contrato de seguro cuyo cumplimiento se persigue en estos autos, al revestir la calidad de “asegurado” esto es, a quien afecta el riesgo que se transfiere al asegurador según lo dispone el artículo 513 del Código de Comercio. Dentro de esta perspectiva, la actora no solo tiene legitimación sino también interés que el contrato se ejecute de la forma en que todas las partes lo previeron, es decir, que verificado el siniestro, la indemnización pactada repare los perjuicios originados. 2.- Que la circunstancia que en el caso planteado el asegurado difiera del beneficiario del seguro no impide que el primero esté habilitado para perseguir el pago de la indemnización pactada. En efecto, la indemnización pretende reparar los perjuicios sufridos por la verificación del riesgo previsto por las partes, ese es el fin último del contrato celebrado, por lo que, si se logra demostrar que quien s

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Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo además presente: 1°) Que la legitimación activa, constituye un presupuesto procesal que debe existir al momento de ejercer la acción, pues esta última solo puede impetrarla quien es titular del derecho subjetivo que se reclama. 2°) Que existe consenso que a través del presente juicio se pretende el pago de una indemnización est

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