14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VARGAS/TRANSPORTES RIOS E.I.R.L. (LTE)

Rol

Fecha

22 de junio de 2020

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que en la especie la demanda de cobro de pesos se ha dirigido en contra de una persona jurídica cuyo asiento se encuentra en Chillán, invocándose préstamos que no es posible vincular con la oficina que se mantiene en la ciudad de Santiago, y conforme con lo dispuesto en el artículo 142 del Código Orgánico de Tribunales, se confirma la resolución en alzada de veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago. Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Book, quien estuvo por revocar la sentencia en alzada, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del a quo y teniendo, además, presente que la alegación de la demandada constituye una nulidad de la notificación más que una excepción dilatoria, unido a que los antecedentes aportados no logran desvirtuar la presunción del artículo 427 del Código de Procedimiento Civil. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-6580-2020. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por las Ministros señora Adelita Ines Ravanales Arriagada, señora Jenny Book Reyes y señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en la especie la demanda de cobro de pesos se ha dirigido en contra de una persona jurídica cuyo asiento se encuentra en Chillán, invocándose préstamos que no es posible vincular con la oficina que se mantiene en la ciudad de Santiago, y conforme con lo dispuesto en el artículo 142 del Códi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica