JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ FABIAN RODRIGO REBOLLEDO MELGAREJO

Rol

Fecha

22 de junio de 2020

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que la investigación fiscal sigue en curso, teniendo como una línea especial de ella, la tenencia del imputado de la camioneta del tercerista, y que de conformidad a lo establecido en el artículo 189 del Código Procesal Penal no procederá la devolución de objetos incautados, salvo que el tribunal considere innecesaria la incautación, supuesto este último que no concurre, justamente porque resulta necesaria agotar sobre ese aspecto la investigación, y visto además lo expuesto por los comparecientes y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada con fecha ocho de junio. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 251 - 2020 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán. - ACT/Cpr. - Chillán, veintidós de junio de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que la investigación fiscal sigue en curso, teniendo como una línea especial de ella, la tenencia del imputado de la camioneta del tercerista, y que de conformidad a lo establecido en el artículo 189 del Código Procesal Penal no procederá la devolución d

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