2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

PROLESUR S.A./FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

19 de junio de 2020

Materia

SANITARIO CÓDIGO RECLAMACIÓN MULTAS ART.171

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Teniendo presente que el plazo de suspensión no se encuentra establecido en la ley, pues se trata de un plazo convencional, siendo establecido por las partes dentro de cierto parámetros, conforme autoriza el artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, y no habiéndose acordado que dicho plazo fuera de días hábiles, se confirma, sin costas, la resolución en alzada de fecha 4 de diciembre de 2019, escrita a folio 7. Devuélvase Rol Civil 1207-2019

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Puerto Montt, diecinueve de junio de dos mil veinte Visto: Teniendo presente que el plazo de suspensión no se encuentra establecido en la ley, pues se trata de un plazo convencional, siendo establecido por las partes dentro de cierto parámetros, conforme autoriza el artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, y no habiéndose acordado que dicho plazo fuera de días hábiles, se confirma, sin costa

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