SIN INFORMACION

SAAVEDRA/LANGER

Rol

Fecha

17 de junio de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que Andrea Saavedra Cárdenas, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, en causa RUC N° 1901251666-8, seguida ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada en audiencia de control de detención de 2 de junio de 2020, por la que el declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en forma verbal en contra de la decisión, adoptada en la misma audiencia, de decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Kevin Javier Torres Usca únicamente por peligro de fuga y no por peligro para la seguridad de la sociedad y la sustituyó por una caución de $6.000.000. Explica que el tribunal de garantía denegó la apelación formulada por el Ministerio Público en audiencia por estimar que no se configura la hipótesis a que se refiere el artículo 149 del Código Procesal Penal y que habilita la interposición del recurso de apelación de manera verbal. A su juicio, encontrándonos frente a un caso en que se ha formalizado por un delito de robo con intimidación, la norma del artículo 149 del Código Procesal Penal es plenamente aplicable respecto de la resolución que deniega o revoca la prisión preventiva, dado que finalmente al modificar el objetivo que persigue la prisión preventiva como ocurre en la especie, esto es al estimar que la procedencia de la necesidad de cautela es sólo para asegurar la comparecencia del acusado al juicio y a una eventual de ejecución de la pena y sustituir la medida por una caución, importa claramente una revocación de la prisión preventiva, ya que el pago de una caución conforme lo dispone el artículo 146 del Código Procesal Penal, implica que la naturaleza y forma de cumplimiento de la medida cautelar es esencialmente diversa a la caución por la que se la reemplaza. Solicita, se acoja el recurso y, en consecuencia, se declare la admisibilidad del recurso de apelación verbal deducido y se determine sus efec

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho interpuesto por el fiscal adjunto doña Andrea Saavedra Cárdenas en contra de la resolución dictada en audiencia de dos de junio del año en curso, que denegó la apelación verbal deducida en contra de la resolución que sustituyó la prisión preventiva del imputado Kevin Javier Torres Usca por una caución económica y, en su lugar, se declara que se concede el mismo, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes vía interconexión para su conocimiento y resolución. Regístrese y comuníquese. N°Penal-2690-2020. En Santiago, a diecisiete de junio de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinte. Al escrito folio 11, estése a lo que se resolverá. Visto y teniendo presente: Primero: Que Andrea Saavedra Cárdenas, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, en causa RUC N° 1901251666-8, seguida ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada e

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