CABRERA / SOLARI
Rol
Fecha
17 de junio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, Francisco Eulogio Silva, abogado, en beneficio de don Rubén Antonio Cabrera Urbina, interpone recurso de protección en contra de la Administración Condominio Stella Maris, cuyo representante legal es Jeanette Oliva Canales Mireya y de don Benjamín Eduardo Solari Floody por el acto ilegal y arbitrario cometido por los recurridos, consistente en suspender el suministro de electricidad, vulnerando sus garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 Nº 1°, N° 24 y Nº 16°, esto es, el derecho a la integridad física y psíquica, el derecho de propiedad y el derecho a la libertad de trabajo y su protección. Indica que el recurrente es un arrendatario de un departamento ubicado en el Condominio Stella Maris, manteniendo rentas y gastos comunes impagos, puesto que es un trabajador independiente cuyos ingresos se han visto afectados por la contingencia social, desde octubre de 2019 y sanitaria y económica actual. Como consecuencia del atraso en el pago de los gastos comunes, se tomó la decisión por la comunidad recurrida de suspender el suministro de energía eléctrica, sin que exista un requerimiento escrito del administrador a la empresa de distribución, autorizado previamente por el Comité de Administración como lo exige el artículo 5 inciso final del artículo 5 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Indica que llamó a la empresa Chilquinta Energía S.A., que luego repuso el suministro de electricidad ya que no había ningún requerimiento que hubiese ordenado su suspensión, no obstante transcurridos 3 días, la administración nuevamente cortó el servicio. Dice que su representado nuevamente pidió la reposición del suministro, no obstante la administración dejó una orden en conserjería del Edificio, prohibiendo el ingreso de los trabajadores de dicha empresa, argumentando que el arrendador del departamento, don Benjamín Eduardo Solari Floody, no estaría de acuerdo tampoco en reponer el suministro, es por ello que exigió no dejar a los trabajadores d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido en folio 1, por Rubén Antonio Cabrera Urbina, en contra de la Administración Condominio Stella Maris, y de don Benjamín Eduardo Solari Floody. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Pro 13564-2020.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de junio de dos mil veinte. Visto: En folio 1, Francisco Eulogio Silva, abogado, en beneficio de don Rubén Antonio Cabrera Urbina, interpone recurso de protección en contra de la Administración Condominio Stella Maris, cuyo representante legal es Jeanette Oliva Canales Mireya y de don Benjamín Eduardo Solari Floody por el acto ilegal y arbitrario cometido
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