BANCO DE CHILE/INMOBILIARIA E INVERSIONES RINCONADA SPA.
Rol
Fecha
15 de junio de 2020
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo, en su lugar, presente: En el caso de autos no se dan los presupuestos del artículo 53 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto se trata de notificar la demanda ejecutiva de desposeimiento, situación que no se contempla en el citado precepto. Por estas consideraciones, se revoca la resolución de veinte de marzo de dos mil veinte, dictada por el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, por la cual se tuvo por notificado por el estado diario la señalada resolución y en su lugar se declara que tratándose de una resolución que debe ser notificada personalmente o en la forma subsidiaria como lo establece la ley, el señor juez dictará las resoluciones pertinentes para su cumplimiento. Comuníquese. N°Civil-4467-2020.
Fallo
Por estas consideraciones, se revoca la resolución de veinte de marzo de dos mil veinte, dictada por el Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago, por la cual se tuvo por notificado por el estado diario la señalada resolución y en su lugar se declara que tratándose de una resolución que debe ser notificada personalmente o en la forma subsidiaria como lo establece la ley, el señor juez dictará las resoluciones pertinentes para su cumplimiento. Comuníquese. N°Civil-4467-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo, en su lugar, presente: En el caso de autos no se dan los presupuestos del artículo 53 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto se trata de notificar la demanda ejecutiva de desposeimiento, situación que no se contempla en el citado precepto. Por estas consideraciones, se revoca la resolución de veinte de marzo de
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