MINISTERIO PUBLICO C/ SERGIO SEGUNDO MANCILLA VALENZUELA
Rol
Fecha
13 de junio de 2020
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al delito, las circunstancias de su comisión al haber sido cometido en grupo o pandilla, y el hecho de tener causa pendiente el encartado, se revoca la resolución apelada, de fecha doce de junio del año en curso, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Ancud doña María Angélica Islas, por la cual decretó las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los testigos, respecto del imputado Carlos Alberto Moena Mancilla, y en su lugar se dispone la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado antes individualizado. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase Rol Nº 421-2020
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, trece de junio de dos mil veinte. Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al delito, las
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