RESTUCCIA/CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rol
Fecha
12 de junio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA S/C
Hechos
VISTOS: Don Álvaro Eduardo Restuccia Núñez, ingeniero electricista, domiciliado en Cerro Paranal N°270, departamento N° 95, Edificio Puyehue, Antofagasta, deduce recurso de protección contra la Universidad de Antofagasta, representada por su rector Luis Loyola Morales, ambos domiciliados en Avenida Angamos N° 601 de la ciudad y de la Contraloría General de la República, Contraloría Regional Antofagasta, representada por el Contralor Regional Subrogante Héctor Ramos Cuevas, con domicilio en calle San Martín N° 2972 de Antofagasta, por estimar que la TRA N° CGR-24909 de 10 de diciembre de 2018 que no tomó razón de su nombramiento en el cargo de vicerrector de Investigación, Innovación y Postgrado de la Universidad de Antofagasta, vulnerado, de forma arbitraria e ilegal, sus derechos fundamentales establecidos en el artículo 19 N° 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Informaron los recurridos, allanándose la Universidad de Antofagasta y solicitando el rechazo de la acción la Contraloría Regional de Antofagasta. Puesta la causa en acuerdo, se acordó hacer requerimiento al Tribunal Constitucional, para que se pronuncie sobre la constitucionalidad de la letra a) del artículo 12 del Estatuto Administrativo. Recibido el pronunciamiento de dicho Tribunal, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción cautelar constitucional se fundamenta en que el recurrente ingresó como docente a la Universidad de Antofagasta en el curso de pregrado física II CF342 desde el primer semestre de 2011 hasta el segundo semestre de 2016. Posteriormente, durante el año 2017 se desempeñó además como docente en cursos de postgrado impartiendo las asignaturas de Teoría de la Relatividad, Tópico Avanzado: Gravitación y Mecánica Cuántica. Refirió que es de nacionalidad venezolana y que mantiene residencia definitiva en el país. Señaló que entre los años 2011 a 2017 se desempeñó a honorarios con la Universidad, siendo nombrado a contrata a contar del 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre del mismo año, jornada completa, en la jerarquía y calidad de profesor titular grado 5° de la EUS de la Universidad de Antofagasta, adscrito al Departamento de Física dependiente de la Facultad de Ciencias Básicas de la Vicerrectoría Académica (Decreto TRA N° 351/94/2018, de 22 de enero de 2018 dictado por la Universidad, con Toma de Razón de Contraloría Regional el 8 de febrero de 2018). Indicó que en este período también trabajó como Director Suplente del Programa Doctorado en Física mención Física Matemática de la Facultad de Ciencias Básicas desde el 1 de enero de 2018 (Decreto Exento N° 377, de 12 de abril de 2018) por su extensa experiencia y diversos post-títulos y conocimientos en la materia, fue elegido para desempeñarse como Vicerrector de Investigación, Innovación y Postgrado por la Junta Directiva de la Universidad mediante Acuerdo N°1615 adoptado en la Sesión Extraordinaria N°161, de 3 de octubre de 2018. Narró que el Rector de la casa de estudios dictó el Decreto TRA N° 351/248/2018, de fecha 21 de noviembre de 2018, por el cual lo nombró Vicerrector de Investigación, Innovación y Postgrado de la Universidad desde el 8 de octubre de 2018, cargo de planta Directiva, grado 2° de la escala de sueldos de Universidades Estatales, con jornada de 44 horas semanales, asumiendo funciones por razones de buen servicio a contar de la misma fecha. Sin embargo, al ser enviado a Toma de Razón en Contraloría Regional Antofagasta, ésta emitió el oficio TRA CGR N° 24909, de fecha 10 de diciembre de 2018, por el cual representó el acto en cuestión rechazando aprobar su legalidad. Por lo anterior, la Universidad de Antofagasta le notificó con fecha 28 de enero de 2019 sobre el criterio de la Contraloría y comunicó que no insistiría en la decisión en cumplimiento del pronunciamiento antes señalado. Explicó que el acto administrativo impugnado representó el nombramiento indicando que se abstiene de dar curso al Decreto por cuanto apreció lo siguiente: “Conforme lo señala el artículo 42 de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales, en lo que interesa, los funcionarios no académicos se regirán por las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de
Fallo
fallo rol 43.005-2017 de la Excma. Corte Suprema que se pronuncia en este sentido en una situación similar; y la libertad de trabajo y su protección (artículo 19 N° 16 de la CPR) explicando que se afectó su posibilidad cierta de realizar una actividad lícita para la cual fue designado por la autoridad. Concluyó solicitando se adopten las medidas concretas para corregir la vulneración acusada, se declare que el oficio de Contraloría Regional Antofagasta -Oficio TRA N° CGR-24909- atacado y la omisión de dictar el nombramiento de la Universidad de Antofagasta son ilegales y arbitrarias y además vulneran todas o alguna a lo menos una de las garantías constitucionales alegadas en el presente recurso; se ordene a la Universidad de Antofagasta mantener la decisión de nombramiento del recurrente como Vicerrector de Investigación, Innovación y Postgrado en los mismos términos del Decreto TRA N° 351/248/2018, dictando el acto administrativo correspondiente para ello o insistiendo con el nombramiento originalmente representado, ordenando cesar en la omisión de dictar el nombramiento; se ordene dejar sin efecto el oficio TRA N° CGR-24909, de la Contraloría Regional Antofagasta y declarar que éste es ilegal y arbitrario por vulnerar la garantía de igualdad ante la ley y la libertad de trabajo, en los términos expuestos en el presente recurso; se ordene a Contraloría Regional Antofagasta que apruebe y se tome razón del nombramiento del cargo de Vicerrector de Investigación, Innovación y P
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PAGE Antofagasta, a doce de junio de dos mil veinte VISTOS: Don Álvaro Eduardo Restuccia Núñez, ingeniero electricista, domiciliado en Cerro Paranal N°270, departamento N° 95, Edificio Puyehue, Antofagasta, deduce recurso de protección contra la Universidad de Antofagasta, representada por su rector Luis Loyola Morales, ambos domiciliados en Avenida Angamos N° 601 de la ciudad y de la Contraloría
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