ASOCIACIÓN DE CANALISTAS DOÑA ISIDORA CONTRA MARIA GUMUCIO M. Y ALFREDO ARÉVALO C.
Rol
Fecha
12 de junio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 11, el 4 de abril de 2019, don Juan Pablo Zahr Chamy, Presidente de la Asociación de Canalistas Doña Isidora, interpone recurso de protección en contra de doña María Gumucio Maturana y en contra de don Alfredo Arévalo Carvallo, a fin de que se restablezca el imperio del derecho adoptando las medidas para cautelar el legítimo ejercicio de las garantías establecidas en los números 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que Condominio Doña Isidora, está constituido por 34 parcelas de agrado, las cuales tiene derechos de agua, las que también son dueños de este derecho a través de la Asociación de Canalistas doña Isidora, cuyos derechos se encuentran debidamente inscritos y otorgados por Decreto de la Dirección General de Aguas N° 10 de 06 de enero de 2003, derechos que se extraen de un pozo de aguas subterráneas ubicado al interior de la hoy parcela 25 del condominio, cuyos actuales propietarios, adquirieron esta propiedad ya con el pozo en su interior, y además con un derecho de servidumbre de tránsito y acueducto, también debidamente inscrito. Agrega que el 26 de enero de 1994, las diversas sociedades propietarias, convinieron en otorgar un Reglamento Interno para el complejo de Parcelas Doña Isidora, tal reglamento se suscribió en la Notaria de Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, el cual se encuentra inscrito a fojas 730 N° 542 del año 1998 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Señala que el día 18 de marzo de 2019, los recurridos y propietarios de la parcela N° 25 del condominio Parcelas Doña Isidora, en forma arbitraria, sin derecho alguno y utilizando violencia en las cosas, cortaron los cables de alimentación eléctrica que precisamente entrega electricidad al pozo de agua potable, del cual los parceleros son accionistas y tienen derechos de agua, y con la cual, se sustentan a diario. Explica que, en el año 2010, pro
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Juan Pablo Zahr Chamy, Presidente de la Asociación de Canalistas Doña Isidora, debiendo los recurridos, doña María Gumucio Maturana y don Alfredo Arévalo Carvallo, autorizar el ingreso de la recurrente, a la Parcela 25 de la parcelación doña Isidora, por donde debe pasar la Línea de Transmisión Eléctrica para la alimentación del pozo de agua y con el sólo objeto de ejecutar las obras pertinentes y necesarias para la reposición y mantenimiento de la misma y la distribución del agua al resto de la comunidad, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso de Corte N °2233- 2019 Prot. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los Ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Luis Sepúlveda Coronado y señora Adriana Sottovía Giménez.
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San Miguel, doce de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 11, el 4 de abril de 2019, don Juan Pablo Zahr Chamy, Presidente de la Asociación de Canalistas Doña Isidora, interpone recurso de protección en contra de doña María Gumucio Maturana y en contra de don Alfredo Arévalo Carvallo, a fin de que se restablezca el imperio del derecho adoptando las medidas para
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