LAGOS CANDIA DEAYSI CIRTHA/ BANCO ESTADO
Rol
Fecha
12 de junio de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece DEAYSI LAGOS CANDIA quien deduce recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la negativa el Banco a reembolsar sumas de dinero que habrían sustraído desde su cuenta RUT sin su autorización. Indica que el viernes 14 de febrero utilizó su tarjeta cuenta RUT del Banco Estado en un comercio establecido en la comuna de El Quisco, la cual habría sido clonada, producto de lo cual se han realizado 3 operaciones que desconoce: · Giro en Mall Plaza Vespucio por $200.000 · Compra en Lider por $94.990 · Compra en Bellsport por $54.990 · Transferencia fondos caja vecina por $1510. Señala que formuló denuncia en Carabineros y el respectivo reclamo en el banco, donde le indicaron que las compras se habían efectuado con su tarjeta y clave, por lo que no acogerían el reclamo, aunque la tarjeta había sido bloqueada por
Fundamentos
motivos sospechosos. Solicita en definitiva la devolución por parte del banco del dinero equivalente al monto de dichas operaciones. SEGUNDO: Que en su informe, la recurrida solicita el rechazo del presente recurso. En primer término señala que el recurso de protección no es el medio idóneo para resolver el asunto sometido al conocimiento de esta corte, ya que el Recurso de Protección es una acción cautelar y limitada, cuyo requisito esencial es la existencia de una vulneración de un “un derecho indubitado” Sin embargo, de los hechos expuestos en el recurso resulta que se reclama un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial de lato Conocimiento. Agrega que existe un procedimiento especial regulado por la ley n°19.496 sobre protección de Derechos de los Consumidores, que regula el procedimiento a seguir en caso de una controversia jurídica, como la que el recurrente pretende hacer que conozca su Ilustrísima Corte, lo que da cuenta de la inexistencia de agotamiento de los procesos que la Constitución Política de la República y las leyes han establecido para la solución de este conflicto. En subsidio solicita el rechazo porque no existiría actuación arbitraria o ilegal de su parte. Indica que en este caso efectivamente se efectuaron transferencias desde la cuenta Rut contratada con el Banco del Estado, las que se realizaron con los requerimientos para éstas que son son las claves de acceso del sitio web y de coordenadas, las cuales se encuentran en poder de la recurrente y no del Banco. Además, su parte proveyó a la recurrente y a todos sus clientes, de consejos de seguridad en el uso de cuentas, claves de acceso, para evitar situaciones como la de autos. Es decir, la recurrente ha sido informada de todas las medidas de seguridad que debe emplear para no caer en este tipo de estafas. Por ello estima que no ha cometido ningún acto arbitrario o ilegal que signifique vulneración alguna de los derechos que establece la Constitución. En subsidio de todo lo anterior, indica que este recurso de protección ha perdido objeto y oportunidad, ya que el Banco del Estado de Chile ha resuelto abonar las sumas reclamadas a la recurrente, lo cual quedó reflejado en su cuenta RUT con fecha 26 de febrero de 2020, bajo la descripción “ajuste giro cajero autom bancoestado”. Por lo tanto, no ha existido demora ni negativa ni impedimento en entregar los fondos reclamados por el recurrente, sino efectuar una la adecuada investigación para verificar si las transacciones se efectuaron en forma fraudulenta. Acompaña copia de Cartola de Chequera Electrónica de la Recurrente donde consta el abono realizado con fecha 26 de febrero de 2019. TERCERO: Que, en lo que atañe al asunto que es materia de este arbitrio, aparece pertinente recordar que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de
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C.A. de Santiago Santiago, doce de junio de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece DEAYSI LAGOS CANDIA quien deduce recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la negativa el Banco a reembolsar sumas de dinero que habrían sustraído desde su cuenta RUT sin su autorización. Indica que el viernes
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